Licitaciones con componente tecnológico. Responsabilidad y Riesgos asumidos por el contratista
Las licitaciones a las que se refiere este documento tienen como objeto la prestación de servicios con contenido tecnológico, la distribución y/o venta de producto tecnológico de forma independiente o de todos ellos en el mismo contrato.
En estas licitaciones, la responsabilidad del contratista y el necesario equilibrio económico del contrato están descompensados desde el inicio pues, en la mayoría de los casos, los pliegos no contemplan ni prevén la problemática ni el riesgo real que el contratista asume desde que presenta su oferta hasta que, en el caso de resultar adjudicatario, puede dar por bien ejecutado y, por tanto, por finalizado el contrato.
Esa problemática y los riesgos que se asumen derivan de algo tan sencillo como la ausencia en los pliegos, para toda consecuencia, de un agente que sin embargo es esencial, no sólo para ejecutar estos contratos sino para incluso presentarse a la licitación, y que son los fabricantes de tecnología.
En la mayoría de los casos, es la entidad que concurre a una licitación la que debe necesariamente negociar con esos fabricantes durante el proceso de presentación de la oferta, y también después si la entidad resulta adjudicataria. Generalmente, la consultora que se presenta a la licitación debe aceptar las restricciones que le impone el fabricante sin posibilidad de configurar cláusula
alguna en el contrato conforme a su interés.
El objetivo de este documento es exponer los principales obstáculos a los que las empresas que forman parte de la Asociación Española de Empresas de Consultoría (AEC) se enfrentan en el tipo de contrato mencionado, con el propósito de realizar propuestas que, en la medida de lo posible, mejoren la situación y posibiliten contrataciones de tecnología en condiciones más justas y equitativas.